ACCIÓN DE RETRACTO. EL AVISO QUE DEBE DAR EL ARRENDADOR AL ARRENDATARIO DE SU VOLUNTAD DE VENDER EL INMUEBLE MATERIA DEL ARRENDAMIENTO, EN PRINCIPIO DEBE SER POR ESCRITO PARA ACREDITAR QUE SE DIO DE MANERA FEHACIENTE (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CI
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE RETRACTO. EL AVISO QUE DEBE DAR EL ARRENDADOR AL ARRENDATARIO DE SU VOLUNTAD DE VENDER EL INMUEBLE MATERIA DEL ARRENDAMIENTO, EN PRINCIPIO DEBE SER POR ESCRITO PARA ACREDITAR QUE SE DIO DE MANERA FEHACIENTE (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CI

Fecha: 22-Jun-2018

Iii Exhibir Junto Con La Demanda El Precio De La Compraventa Y

(iv) ejercer la acción máximo sesenta días posteriores a que se tuvo conocimiento de la celebración de la compraventa.

Ahora bien, en la especie, los quejosos consideran que el segundo elemento de la acción consiste en estar al corriente en el pago de rentas, debe ser interpretado en el sentido de que, para la procedencia de la acción, se debe estar al corriente en el pago de las pensiones rentísticas en el momento en que se presenta la demanda.