CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 4/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL CUARTO Y EL DÉCIMO TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. 8 DE MARZO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y LOS MAGISTRADOS JOSÉ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 4/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL CUARTO Y EL DÉCIMO TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. 8 DE MARZO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y LOS MAGISTRADOS JOSÉ

Fecha: 21-Abr-2023

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g) Cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores y sus familiares, entre otros destinatarios.

65. Puede apreciarse del Texto Constitucional que establece como de orden público la expedición de la Ley del Seguro Social y se contemplan las eventualidades mínimas cubiertas en el marco del derecho a la seguridad social, en lo que aquí interesa, los mencionados en los incisos b) y c), relativos a los de vejez y vida, respectivamente.

66. Estas disposiciones se encuentran cubiertas, en el ámbito ordinario, en la Ley del Seguro Social y en la ley de los sistemas de ahorro de retiro.

67. Antes, en la Ley del Seguro Social vigente a partir del uno de abril de mil novecientos setenta y tres, en su artículo 11, se establecía lo siguiente: