CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 73/2020. INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. 2 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIO: ALEJANDRO CASTAÑÓN RAMÍREZ.
Fecha: 24-Feb-2023
Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
"...
"XIV. Tiempos de Estado: Las transmisiones gratuitas diarias referidas en los artículos 251 y 252 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión;
"XV. Tiempos fiscales: Corresponden al pago en especie del Impuesto Federal sobre Servicios Expresamente Declarados de Interés Público por Ley, en los que intervengan Empresas Concesionarias de Bienes del Dominio Directo de la Nación; a través de transmisiones gratuitas en radio y televisión, y
"XVI. Tiempos oficiales: Comprende tanto los tiempos de Estado como los tiempos fiscales en radio y televisión."
85. En cuanto a los tiempos fiscales, se constituyen por el pago en especie que realizan las concesionarias del espectro radioeléctrico, mediante tiempo aire otorgado al Estado.
87. Entonces, la naturaleza de ambos tiempos (del Estado y fiscal), tienen diferente origen y se rigen por normas diversas, además de que su incumplimiento tiene diferentes consecuencias y formas de sanción. En tanto que el tiempo del Estado no tiene la naturaleza de una contribución que deba regirse por los principios tributarios desarrollados por el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el tiempo fiscal se traduce en un beneficio a favor de los propios concesionarios que se otorga por el Estado en ejercicio de su facultad recaudatoria, pues les permite sustituir el pago por una obligación de hacer, con lo que se cubre el impuesto a su cargo.
88. Ahora, tanto el uso de los tiempos del Estado como los fiscales se encuentra distribuido entre diversos órganos, como lo podemos observar de lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley General de Comunicación que establece la facultad de la Secretaría de Gobernación para administrarlos:
"Artículo 17. La Secretaría de Gobernación administrará el uso de los tiempos de Estado y de los tiempos fiscales, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como por el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, salvo en el caso de los tiempos oficiales que en distintos momentos corresponda administrar al Instituto Nacional Electoral, conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la legislación de la materia.
- Resultando
- Poder Ejecutivo Federal
- Actos Cuya Invalidez Se Demanda
- Segundoantecedentes En La Demanda Señaló Únicamente Como Hechos Los Siguientes
- A Marco Teórico Sobre Los Órganos Constitucionales Autónomos
- C Evolución De La Prerrogativa De Los Partidos Políticos En Materia De Radio Y Televisión
- D Conceptos De Invalidez
- D Violación A Las Facultades Del Instituto Nacional Electoral
- Modelo De Comunicación Política
- Derecho A La Información
- Tiempos Oficiales Administrados Por El Ine
- D Decreto Impugnado
- En Cuanto A Las Causas De Improcedencia
- Ahora En Cuanto A Las Consideraciones Previas De Su Contestación Señala Las Siguientes
- Dando Contestación Al Único Concepto De Invalidez Del Órgano Actor Señala Lo Siguiente
- A Al Poder Ejecutivo Federal
- D A Los Entes Autónomos Constitucionales
- Cámara Nacional De La Industria De Radio Y Televisión
- Considerando
- Primero El Presente Decreto Entrará En Vigor El De Mayo De
- I Como Actor La Entidad Poder U Órgano Que Promueva La Controversia
- Acuerdo A La Secretaría De Hacienda Y Crédito Público
- Transitorio
- Transitorios
- Ii Los Tiempos Del Estado Y Su Normatividad
- Ii Quince Minutos En Formatos O Segmentos No Menores De Cinco Minutos Cada Uno
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- I Cuarenta Por Ciento Al Poder Ejecutivo Federal
- Iv Veinte Por Ciento A Los Entes Autónomos Constitucionales
- Las Reasignaciones Se Ajustarán A La Proporción Prevista En Este Artículo
- El Tiempo De Distribución De Los Partidos
- Estudio Del Caso En Concreto
- Artículo
- De Las Bases De Acceso A La Radio Y La Televisión En Materia Política O Electoral
- Primeroes Procedente Pero Infundada La Presente Controversia Constitucional
- Terceropublíquese Esta Resolución En El Semanario Judicial De La Federación Y En Su Gaceta
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Reformado Primer Párrafo Dof De Octubre De
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener