CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 73/2020. INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. 2 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIO: ALEJANDRO CASTAÑÓN RAMÍREZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 73/2020. INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. 2 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIO: ALEJANDRO CASTAÑÓN RAMÍREZ.

Fecha: 24-Feb-2023

Derecho A La Información

Por otro lado, aduce que el derecho a la información previsto en el artículo 6o. constitucional tiene una relevancia especial en materia electoral, relacionada directamente con el concepto de democracia. En relación con lo anterior, advierte que el derecho al voto informado como pilar del régimen democrático no se circunscribe únicamente al periodo electoral, pues el objeto es mantener informada a la ciudadanía.

Igualmente, el instituto actor se refiere al derecho a la equidad en materia electoral, señalando que la prerrogativa que garantiza a los partidos políticos el acceso de forma permanente a los medios de comunicación no está acotada a los periodos de contienda electoral, pues fuera de éstos también funge como un elemento esencial para la formación de una opinión pública libre y connatural del pluralismo de los regímenes democráticos.

Uno de los medios para que el instituto ejerza su competencia como la autoridad garante de la equidad electoral, promovente del voto y facilitador de información a los ciudadanos acerca del ejercicio de sus derechos político-electorales y con ello difusor de la cultura democrática, son los medios de comunicación como la radio y televisión por la cobertura de difusión que tiene en el Estado Mexicano.

La relevancia de la administración de los tiempos oficiales que realiza el instituto, incluso en periodos ordinarios, radica en el derecho de partidos y ciudadanos de ejercer una comunicación equitativa entre los actores políticos, que acompaña al entero procedimiento decisorio democrático, a la vez que permite a las autoridades electorales orientar a la ciudadanía en el ejercicio de sus derechos político-electorales y promover la cultura democrática.