INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 62/2000, DERIVADO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 94/98. SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DE ÁNGEL VERAZA VILLANUEVA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 62/2000, DERIVADO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 94/98. SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DE ÁNGEL VERAZA VILLANUEVA.

Fecha: 26-Mar-1998

Pregunta Que Diga Si Existe Alguna Construcción Sobre El Área Del Bien Inmueble Que Nos Ocupa

"Respuesta 2. Por lo que se refiere a esta interrogante no existe discordia entre los dictámenes emitidos por los peritos que designaron las partes del juicio, toda vez que sí existen construcciones.

"Pregunta 3. Para el caso de que existan edificaciones sobre el predio objeto del peritaje, que se describan y dictaminen la extensión en metros cuadrados de las mismas.

"Respuesta 3. En este punto, los peritos de las partes asientan en sus dictámenes correspondientes lo siguiente:

"Perito de la parte quejosa.-Manifiesta que: dentro del terreno afecto a esta pericial, se encuentra un edificio de concreto armado con forma rectangular (edificio principal de cuatro niveles), así como un auditorio con capacidad para 300 personas (de la Escuela Nacional de Antropología e Historia); también se encuentra construida una barda limitante en su viento norte y poniente con base de estructura tubular apoyada en un muro de mampostería; se encuentra también construido un murete de mampostería con remate de concreto armado ... La sumatoria de las áreas parciales referidas, equivale de manera total a 2,698.54 metros cuadrados.

"Perito de la parte demandada.-Establece que: sobre el terreno motivo de la controversia existen construcciones desarrolladas en cuatro niveles (planta sótano y tres plantas tipo), en donde se localizan las instalaciones de la Escuela Nacional de Antropología e Historia (no sólo el edificio principal y auditorio) ... La superficie total construida es de 13,986 m2.

"De acuerdo con los trabajos practicados por el suscrito, se llega a coincidir con lo que dictamina para este inciso el perito designado por la parte quejosa, puesto que solamente una parte de las instalaciones de la Escuela Nacional de Antropología e Historia se encuentran dentro del terreno que nos ocupa, tales edificaciones corresponden al edificio principal de cuatro niveles y el auditorio, así como la barda perimetral sobre sus colindancias norte, oriente (con la calle Zapote, no al poniente como se describe), así como un murete en su colindancia poniente.

"Pregunta 4. Para el caso de que existan edificaciones sobre el predio objeto del peritaje, que se dictamine cuál es la antigüedad de dichas construcciones.

"Respuesta 4. Con respecto a esta pregunta no existe discrepancia entre los dictámenes de las partes que intervienen en este procedimiento, estimando que la antigüedad de dichas construcciones es de veinte años aproximadamente.

"Pregunta 5. Para el caso de que existan edificaciones sobre el predio objeto del peritaje, que se dictamine cuál es el valor comercial actual de las mismas.

"Respuesta 5. Para este inciso, los peritos designados por las partes establecen en sus dictámenes concernientes lo que a continuación se presenta como resumen:

"Perito de la parte quejosa.-Asienta que: el valor físico o directo de las construcciones es de $12'962,413.76 (doce millones novecientos sesenta y dos mil cuatrocientos trece pesos 76/100 M.N.).

"Nota: para el valor referido no se tomaron en cuenta los costos de despalme del terreno, nivelación y conformación del mismo ... tampoco se consideraron costos por cimentación ... Perito de la parte demandada.-Determina que: el valor actual comercial de los mismos es de: $26'886,381.90.

"Conforme a lo que se señaló en la respuesta precedente, en relación con la superficie construida dentro del terreno motivo de esta pericial, se llega a coincidir con el que presenta el perito de la parte quejosa, pero teniendo en consideración también los conceptos que dicho perito no contempló y describe en su nota. Llegando a estimar un valor comercial actual aproximado de: $14'500,000.00 (catorce millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.).

"Pregunta 6. Que formule el perito el avalúo, a precio actual de mercado, a valor comercial del predio Tecaxi y de las construcciones encontradas dentro del área de éste.

"Respuesta 6. Por lo tocante a esta cuestión, los peritos de las partes manifiestan en sus dictámenes proporcionados, lo que enseguida se presenta.

"Perito de la parte quejosa indica ver que: El valor comercial al día 24 de septiembre de 1998 del predio situado en el corredor urbano del Anillo Periférico Sur esquina con la calle Zapote s/n de la colonia Isidro Fabela de la Delegación Tlalpan, con código postal 14030 en esta ciudad capital de la República mexicana, denominado Tecaxi, motivo del presente juicio, conjuntamente con el edificio, el auditorio, explanadas y bardas perimetrales que constituyen una parte de la Escuela Nacional de Antropología e Historia, corresponden a la cantidad de: $175'087,095.00 (ciento setenta y cinco millones ochenta y siete mil noventa y cinco pesos 00/100 M.N.).