SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 001/00-CCC
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 001/00-CCC

Fecha: 20-Nov-2000

III.5.

III.5. Que por otra parte, el art.  66 de la Ley N° 1715 anota las finalidades del saneamiento de la propiedad agraria, figurando en el numeral 3)  la conciliación de conflictos relacionados con la posesión y propiedad agrarias.  Sin embargo del examen de los antecedentes se comprueba que se trata de una controversia jurídica en la que se demanda la nulidad de venta y cancelación de registros, entre otros  -sobre un inmueble urbano-,  por lo que no concierne tramitar y decidir al Director Departamental del INRA, sino al Juez Décimo de Partido en lo Civil-Comercial de Santa Cruz, por ser la autoridad jurisdiccional  llamada por Ley para resolver la demanda,  conforme al art. 134, 1) de la Ley de Organización Judicial.