Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 98/2002
Fecha: 22-Nov-2002
III.2.1.
III.2.1. El artículo 1 de la aludida Ley, autoriza a ENFE, transferir a título oneroso un total de 32.829,40 m², de terrenos y viviendas ubicados en la Estación Central (Patio Sud) de Oruro, a favor de los 158 ex-trabajadores ferroviarios que se adjudicaron dichos inmuebles mediante Licitación Pública Nº GCBIT 002-OR, de julio de 1996, y cuya nómina con el detalle de las superficies individuales, figura en la escritura pública 01/97 de 27 de enero de 1997, otorgada por ENFE ante la Notaría de Gobierno de la Prefectura del Departamento de Oruro.
- Armando Rosas Guzmán, Senador de la República, demandando la inconstitucionalidad de la Ley 2334 de 19 de febrero de 2002
- I.1.1.
- I.1.2.
- I.1.3.
- I.1.4.
- I.1.5.
- I.1.6.
- I.1.7.
- I.2.1.
- I.2.2.
- I.3.1.
- I.3.2.
- I.3.3.
- I.3.5.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- b)
- III.2.5.
- III.3.
- III.4.
- Si la Cámara revisora lo aprueba, será enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación.
- si la Cámara revisora se limita a enmendar o modificar el proyecto, éste se considerará aprobado, en caso de que la Cámara de origen acepte por mayoría absoluta las enmiendas o modificaciones.
- III.5.
- Fragmento 28
- III.6.
- 1)
- III.8.