En revisión la Resolución 274/2003, de 11 de junio, cursante de fs. 167 a 168, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 274/2003, de 11 de junio, cursante de fs. 167 a 168, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del

Fecha: 12-Sep-2003

II.4.2.

II.4.2. Que, SAMAPA el 07 de enero de 1998 promovió un incidente de nulidad, solicitando que se reencause el proceso aplicando las normas de la Ley 1770 de 10 de marzo de 1997 o Ley de Arbitraje y Conciliación (LAC) y no así las normas del CPC  (fs. 1278 expediente original), pedido que en 9 de enero de 1998 es aceptado por el Consorcio ARAMSA-LCI (fs. 1281 del expediente original). En virtud de esa solicitud, el juez emitió la Resolución 61/1998, de 14 de marzo, por el que declaró improcedente la nulidad planteada (fs. 50-51 o 1293-1294 del expediente original); SAMAPA contra esa resolución planteó recurso de apelación (fs. 1298), que fue concedido por Auto de 1 de octubre de 1998, cursante a fs. 1303 del expediente original (se extrae del memorial de fs. 56 y del Auto de Vista de fs. 39).