En revisión la Resolución 274/2003, de 11 de junio, cursante de fs. 167 a 168, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 274/2003, de 11 de junio, cursante de fs. 167 a 168, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del

Fecha: 12-Sep-2003

II.5.

II.5.   Que, dictado el Auto de Vista 25/2003 y devuelto el expediente al juzgado de origen, a pedido de SAMAPA (fs. 60-61), Reynaldo Fernández Calvo, Juez Décimo de Partido en lo Civil emitió la Resolución de 12 de abril de 2003, expresando que la nulidad de obrados dispuesta en la Resolución 025/03 es hasta fs. 1248, por lo que en esa nulidad se encuentra involucrada la providencia de fs. 1246 a través de la que se reguló honorarios profesionales, razón por la que se dispuso se oficie al Juzgado Undécimo de Partido en lo Civil para su conocimiento y fines consiguientes (fs. 61 vta.).