Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1349/2003-R
Fecha: 16-Sep-2003
amparo constitucional
En revisión la Resolución de 18 de julio de 2003, cursante de fs. 112 a 115, pronunciada por el Juez de Partido de la Provincia Punata del Distrito Judicial de Cochabamba, en el recurso de amparo constitucional interpuesto por Juan Carlos Camacho Zapata contra Juan de la Cruz Claure Valdivia y Amapola Prado Parrado, Presidente y Secretaria del Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “San José de Punata” Ltda., alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, reunión y trabajo.
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3
- I.2.1 Ratificación o ampliación del recurso
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.9
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- como dicha cesación del acto ilegal denunciado obedece a la interposición del presente amparo no puede dar lugar a la aplicación del art. 96-2) de la Ley del Tribunal Constitucional
- III.3
- Entidad de Intermediación Financiera No Bancaria
- III.4
- III.5
- APROBAR