Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1349/2003-R
Fecha: 16-Sep-2003
II.1
II.1 Que por Resolución Administrativa 1402, de 20 de abril de 1999, el Instituto Nacional de Cooperativas (INALCO) aprobó el Estatuto de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “San José de Punata” Ltda., en sus once capítulos y setenta y cinco artículos (fs. 39 a 61 y 71 a 93), y por Resolución 002/99 de 5 de agosto de 1999 la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras otorgó licencia de funcionamiento a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “San José de Punata” Ltda. (fs. 69).
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3
- I.2.1 Ratificación o ampliación del recurso
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.9
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- como dicha cesación del acto ilegal denunciado obedece a la interposición del presente amparo no puede dar lugar a la aplicación del art. 96-2) de la Ley del Tribunal Constitucional
- III.3
- Entidad de Intermediación Financiera No Bancaria
- III.4
- III.5
- APROBAR