SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2003, Marcelo Paz Navajas solicitó que previa a la remisión en vista fiscal de la cuestión prejudicial por él planteada, se dé cumplimiento al Decreto de 9 de octubre, mediante el cual el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal Liquidador ordenó se libre el exhorto suplicatorio al Juez Quinto de Instrucción en lo Civil de la ciudad de Santa Cruz (fs. 123); el 11 de noviembre de 2003, la Jueza recurrida dispuso la entrega del exhorto suplicatorio (fs. 123 vta.), y en la misma fecha la Fiscal Mery Gutiérrez Martínez, requirió porque con carácter previo a resolverse la cuestión prejudicial se cumpla con lo dispuesto mediante decreto de 9 de octubre y se prosiga con las declaraciones indagatorias de los imputados, menos con relación a Marcelo Paz Navajas por haber opuesto cuestión prejudicial (fs. 124).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- 1) l
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- a)
- III.1
- tal error no impide a este tribunal ingresar a analizar el aspecto de fondo; dado que, como se dejó precisado líneas arriba, al influjo del principio de igualdad consagrado por la Constitución, nace la garantía de la tutela judicial efectiva
- Fragmento 20
- III.2.
- III.3.1.
- antes que la cuestión de fondo,
- III.3.2
- no indica que la presentación de la cuestión previa tenga carácter suspensivo para los demás actos procesales
- III.3.3
- III.4.
- APROBAR