SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1008/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1008/2004-R

Fecha: 01-Jul-2004

III.4.2.

III.4.2. Con relación al Ministro de Desarrollo Sostenible y el Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, cabe referir que estas autoridades gubernamentales no han incurrido en actos u omisiones ilegales o indebidas que hubiesen lesionado los derechos fundamentales invocados por la recurrente, toda vez que no es atribución de ellos el adoptar medidas de prevención para evitar la ocupación ilegal de su propiedad ni para disponer el restablecimiento de la misma; pues conforme se tiene de los antecedentes que cursan en el expediente, ambas autoridades intervinieron en el conflicto originado por la denuncia de los integrantes del Movimiento Sin Tierra, en sentido de que la mediana propiedad agraria denominada “Hacienda Collana” no estaría cumpliendo su función económico-social, así como con la ocupación ilegal de la referida propiedad, en el marco de las atribuciones y competencias que les asigna la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.