Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1468/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Señala los derechos a la igualdad, la seguridad jurídica, de petición y a la tutela judicial efectiva, a una remuneración justa, al debido proceso, al principio de legalidad y derecho al proteccionismo, consagrados por las normas previstas en los arts. 7 incs. a), h) y j), 16, 81, 116.IV y 162 de la CPE; 7 y 10 de la DUDH; 8 y 25 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, y 2, 3 inc. g) y 57 del CPT.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- (fs. 233-234),
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.1. El recurso de casación y su naturaleza jurídica
- en los casos expresamente señalados por la ley
- sin recurso ulterior
- cuando los jueces con exceso de poder se exceden o restringen la ejecución de lo mandado, las resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada, se abre la competencia del supremo tribunal para establecer el justo cumplimiento de la sentencia y las leyes de la República
- ”, elimina toda posibilidad de procedencia del recurso de casación en los casos aludidos por ese precepto
- Fragmento 20
- 1)
- III.3. La problemática planteada
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- III.3.5.
- III.3.6.
- imperativamente dispone
- III.4.
- III.2.2
- III.5.
- 2º