SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1468/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
III.2.2
Al respecto cabe señalar que, conforme se ha referido en los fundamentos jurídicos III.2.2 de esta sentencia, es evidente que la Corte Suprema de Justicia, a través de su jurisprudencia citada, creó la doctrina legal de la procedencia excepcional del recurso de casación contra autos dictados en ejecución de sentencia en resguardo del derecho a la seguridad jurídica; empero, esa doctrina creada en la década del '80 ha sido cambiada por la propia Corte Suprema de Justicia en la década del '90, reiterando dicha doctrina en la década del 2000, entre otros, mediante los Autos Supremos emitidos en sus diferentes salas, entre ellas la Sala Social Administrativa cuyos fallos se tienen referidos, así como en la Sala Civil cuyo Auto Supremo 34 de 29 de enero 2002 se tiene referido precedentemente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- (fs. 233-234),
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.1. El recurso de casación y su naturaleza jurídica
- en los casos expresamente señalados por la ley
- sin recurso ulterior
- cuando los jueces con exceso de poder se exceden o restringen la ejecución de lo mandado, las resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada, se abre la competencia del supremo tribunal para establecer el justo cumplimiento de la sentencia y las leyes de la República
- ”, elimina toda posibilidad de procedencia del recurso de casación en los casos aludidos por ese precepto
- Fragmento 20
- 1)
- III.3. La problemática planteada
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- III.3.5.
- III.3.6.
- imperativamente dispone
- III.4.
- III.2.2
- III.5.
- 2º