SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1468/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución SCII-142/2004 de 15 de junio, cursante de fs. 221 a 224, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Jose Rubén Gutiérrez Hinojosa por si y en representación con mandato de Michel Elías Taborga, Ignacio Uscamaita López, Tomas Rodríguez Cruz, y otros contra Eduardo Rodríguez Veltzé y Carlos Rocha Orosco, ministros de la Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia; denunciando la vulneración de los derechos a la igualdad, la seguridad jurídica, a una remuneración justa, de petición y a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, al principio de legalidad y derecho al proteccionismo, consagrados por las normas previstas en los arts. 6.I; 7 incs. a), h) y j), 16, 81, 116.IV y 162 de la Constitución Política del Estado (CPE); 7 y 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); 8 y 25 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, y 2, 3 inc. g) y 57 del Código procesal del trabajo (CPT).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- (fs. 233-234),
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.1. El recurso de casación y su naturaleza jurídica
- en los casos expresamente señalados por la ley
- sin recurso ulterior
- cuando los jueces con exceso de poder se exceden o restringen la ejecución de lo mandado, las resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada, se abre la competencia del supremo tribunal para establecer el justo cumplimiento de la sentencia y las leyes de la República
- ”, elimina toda posibilidad de procedencia del recurso de casación en los casos aludidos por ese precepto
- Fragmento 20
- 1)
- III.3. La problemática planteada
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- III.3.5.
- III.3.6.
- imperativamente dispone
- III.4.
- III.2.2
- III.5.
- 2º