SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2005-R
Fecha: 06-May-2005
Fragmento 3
El mes de agosto de 2004 se produjo la destitución de Mauricio Rodríguez designándose como nuevo Director Nacional al recurrido, a quien mediante comunicación interna 197/2004, de 18 de agosto, le solicitó la reincorporación a su cargo, en vista de la Resolución del Sumariante se encontraba ejecutoriada. Ante esa solicitud el Director Nacional del SENASAG en una entrevista que tuvieron le solicitó su renuncia al cargo por el mismo motivo que el anterior Director, advirtiéndole que caso contrario le transfería al distrito de Chuquisaca o Potosí y, es que, dando cumplimiento a esa amenaza por memorando 0474/2004, de 18 de agosto, le transfieren al Distrito de Potosí en el cargo de Encargado del Área de Sanidad Vegetal manteniendo su nivel salarial como Jefe Nacional, hecho que constituía una vulneración a sus derechos contemplados en la Constitución, la Ley de Administración y Control Gubernamental, Estatuto del Funcionario Público y el Reglamento Interno de Personal de SENASAG, impugnando esa determinación a través del recurso de revocatoria que fue rechazado mediante Resolución de 27 de agosto de 2004.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- improcedente
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Encargado del Área de Sanidad Vegetal del Distrito de Potosí
- III.1.
- La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado”
- tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca
- primordial,
- un mandato de abstención
- III.2.2. Selección y nombramiento del recurrente
- III.2.2. Normativa aplicable a los funcionarios del SENASAG
- Director Nacional del Servicio, el Jefe Nacional de Unidad y el Jefe Distrital de Unidad
- III.3.
- Encargado de Área de Sanidad Vegetal, que es una función significativamente inferior a la que ocupaba