Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2005-R
Fecha: 06-May-2005
III.2.2. Normativa aplicable a los funcionarios del SENASAG
El DS 25729 de 7 de abril de 2000, establece la organización y funcionamiento del SENASAG, órgano de derecho público desconcentrado del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, con estructura propia, competencia de ámbito nacional y dependencia funcional del Viceministro de Agricultura y Ganadería. Tiene independencia de gestión técnica, legal y administrativa; su dependencia funcional del referido Viceministro, se entiende como la supervisión de éste sobre el cumplimiento de las normas, objetivos y resultados institucionales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- improcedente
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Encargado del Área de Sanidad Vegetal del Distrito de Potosí
- III.1.
- La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado”
- tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca
- primordial,
- un mandato de abstención
- III.2.2. Selección y nombramiento del recurrente
- III.2.2. Normativa aplicable a los funcionarios del SENASAG
- Director Nacional del Servicio, el Jefe Nacional de Unidad y el Jefe Distrital de Unidad
- III.3.
- Encargado de Área de Sanidad Vegetal, que es una función significativamente inferior a la que ocupaba