SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2005-R

Fecha: 06-May-2005

primordial,

Desde esta perspectiva, al ser lo primordial, según el Diccionario de la Real Academia Española: lo “Primitivo, primero. Aplicable al principio fundamental de cualquier cosa” y según el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas, lo “Primero en trascendencia o necesidad. Primitivo. Fundamental. Preferente”, se extrae de ello, el tácito reconocimiento del carácter instrumental o servicial del Estado destinado a asegurar una forma de convivencia compatible con las exigencias de respeto y protección de la dignidad de la persona. En este sentido, es posible conceptuar a la dignidad, como el derecho de toda persona a un trato que no lesione su condición de ser racional,  libre, igual y capaz de autodeterminación responsable; lo que conlleva la prohibición de que sea tratado como un objeto o instrumento.