Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2005-R
Fecha: 29-Jul-2005
II.5.
II.5. Por memorial de 30 de noviembre de 2004, Jhilka Hinojosa Fernández y Antonio Santamaría Pérez Patón, Representantes del Ministerio Público, interpusieron recursos de apelación contra la Resolución 03/04 solicitando se mantenga la suma de $us200.000.-, fijada como fianza para el imputado Jorge Carrasco Jhanssen. Así como contra el Auto interlocutorio de 26 de noviembre de 2004, solicitando se disponga el rechazo de la sustitución de la fianza real incoada por el imputado ya citado (fs. 125 a 126; 127 a 128).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Adhesión al
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- cuando se dé la posibilidad de haberse planteado una recusación que impida la existencia de quórum o se acepte la recusación de uno de sus miembros, el Tribunal se completará de acuerdo con las disposiciones orgánicas
- el procedimiento de la recusación no concluye con el rechazo formulado por el Juez o Jueces recusados, sino que debe existir un pronunciamiento del tribunal competente que en definitiva aceptará o rechazará la recusación presentada,
- III.4.
- podrá realizar en el proceso ningún acto bajo sanción de nulidad, hasta que se concluya con el trámite de recusación,
- III.5.
- APRUEBA