Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1060/2006-R
Fecha: 23-Oct-2006
II.7.
II.7. El 29 de agosto de 2005 (fs. 16 a 18), el recurrente prestó su declaración, actuación en la que el Sumariante interrogó sobre: el contenido de la nota de 4 de julio de 2005; el destino que se dieron a las 6.750 dosis de vacunas posterior a su vencimiento; qué vacunas habían sido utilizadas en las tres ferias ganaderas; bajo qué normas autorizó o instruyó para que se realice la vacunación siendo que el DS 27291, de 20 de diciembre de 2003, multa a quienes no cuenten con certificados y guía de movimiento; y, si en las ferias ganaderas ordenó o instruyó a partir de junio la utilización de las vacunas vencidas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- i)
- III.1.
- III.2.
- evaluar las pruebas de cargo y descargo
- III.3.
- a)
- o administrativo
- III.4.
- “hecho denunciado”, que de acuerdo a los antecedentes referidos constituye ser sin duda la no utilización de 6.500 dosis de la vacunas dentro de su periodo de vigencia
- siempre en mérito al contenido de la nota de 4 de julio de 2005
- impuso la sanción de destitución por un hecho distinto al que determinó el inicio del proceso
- III.5.
- APROBAR