SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2006
Fecha: 10-May-2006
II.3.3. Sobre los arts. 323 y 324 del CP
Por su parte, el art. 324 del CP que tipifica el delito de Publicaciones y espectáculos obscenos, señala: “El que con cualquier propósito expusiere públicamente, fabricare, introdujere en el país o reprodujere libros, escritos, dibujos, imágenes u otros objetos obscenos, o el que los distribuyere o pusiere en circulación, o el que públicamente ofreciere espectáculos teatrales o cinematográficos u otros obscenos, o transmitiere audiciones de la misma índole, será sancionado con reclusión de tres meses a dos años”.
El recurrente afirma que ambas normas legales son leyes penales en blanco al establecer supuestos de hecho tan extensos que cualquier conducta podría ser sancionada, ya que la definición de lo obsceno o lo impúdico corresponde al orden de los valores morales individuales, y al no existir un Código o Ley sancionado por ningún parlamento que establezca qué es un acto obsceno, los jueces y magistrados no podrían determinar qué conducta y cual no deben ser consideradas como tales, ya que no pueden usurpar las funciones propias del Poder Legislativo. Por tal motivo, afirman que se han vulnerado los principios de legalidad penal, de reserva de Ley, de taxatividad y de “vinculación de los jueces y tribunales a la ley”, y en consecuencia, los arts 9, 29 y 59.1ª, 30,31, 32 y 116 de la CPE.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Contenido del recurso
- I.2. Admisión y citaciones.
- I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada.
- I.4. Trámite en el Tribunal Constitucional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1. El principio de legalidad: su formulación y contenido actual.
- seguridad jurídica
- principio democrático
- Fragmento 10
- art. 32
- a)
- principio de reserva de ley
- art. 7 de la CPE
- ley penal en blanco
- b)
- c)
- d)
- II.2. El principio de protección de bienes jurídicos.
- externa
- art. 32 de la CPE
- II.3.1. Sobre el art. 231 del CP
- - La supuesta vulneración al principio de reserva legal.
- leyes
- - La supuesta vulneración al principio de taxatividad o certeza.
- - La supuesta vulneración al “principio de vinculación de los jueces y tribunales a la ley” (prohibición de analogía).
- principio de independencia
- II.3.2. Sobre el según párrafo del art. 138 del CP.
- - Sobre la supuesta vulneración del principio de reserva legal.
- - Sobre la supuesta vulneración al principio de taxatividad.
- distinto
- - Sobre la prohibición de la analogía
- II.3.3. Sobre los arts. 323 y 324 del CP
- - Sobre la supuesta vulneración al principio de reserva legal
- adjetivo público
- lugar público o expuesto al público
- ofrecer
- CONSTITUCIONALES