SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2006

Fecha: 05-Sep-2006

tal norma implica un reconocimiento de otras facultades a ese órgano, que no le están  reconocidas en la Constitución Política del Estado

  Efectuando el juicio de constitucionalidad del art. 3 del DS 24618 modificado por el art. 1 del DS 24789, se evidencia que esta disposición si bien no  encierra una  "delegación de funciones"  hacia el Poder Ejecutivo, porque para ello tendría que existir un órgano distinto al Poder Ejecutivo que le delegue funciones, no es menos evidente que tal norma implica un reconocimiento de otras facultades a ese órgano, que no le están  reconocidas en la Constitución Política del Estado, toda vez que establece  la transferencia obligatoria de bienes hacia la Prefectura de La Paz  a título oneroso, cuando para ello -conforme se tiene dicho en el inciso anterior- es necesaria la autorización del Poder Legislativo, aspecto que se ampliará en su fundamentación cuando en el presente fallo se analice la vulneración a lo dispuesto por el art. 59.8ª de la CPE.