SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2007

Fecha: 02-Oct-2007

Estado Social y Democrático de Derecho,

En cuanto al Estado Social y Democrático de Derecho, resulta imprescindible partir del hecho que el art. 1.II de la CPE, luego de  declarar que Bolivia, libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural, constituida en República unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa y participativa, fundada en la unión y solidaridad  de todos los bolivianos, proclama:

El Estado Social y Democrático de Derecho incorpora a la noción de Estado de Derecho y Estado Social de Derecho, los principios de participación de todos   en la construcción de los poderes públicos, en las decisiones que los afectan, el pluralismo étnico y cultural, y, en general, la soberanía del pueblo. En el Estado Social y Democrático de Derecho, el pueblo ejerce la titularidad del poder público eligiendo a sus representantes mediante su concurrencia a las urnas, controlando la labor que ellos realizan e interviniendo directamente en la toma de decisiones siempre que no se desconozcan los derechos de las  minorías, ni los derechos fundamentales de los seres humanos, por ese motivo, lo adecuado es hablar de un Estado Social y Democrático de Derecho, que es el ideal más avanzado para lograr una convivencia pacífica y armónica en democracia.