SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2007

Fecha: 02-Oct-2007

g) Independencia de los jueces.-

g) Independencia de los jueces.- El art. 116.VI de la CPE establece que: “Los magistrados y jueces son independientes en la administración de justicia y no están sometidos sino a la Constitución y a la Ley. No podrán ser destituidos de sus funciones, sino previa sentencia ejecutoriada". Esta normativa, como reconoce la SC 0011/1999 de 18 de octubre, “(…) comprende a los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados del Tribunal Constitucional, Vocales de Corte y Jueces de la República, que son los encargados de administrar justicia en el país”.