SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2007

Fecha: 02-Oct-2007

sin afectar el derecho de los demás, y velando por el interés general al mismo tiempo

En ese marco, el Estado de Derecho es aquel que posibilita al ser humano mostrarse tal como es y que, a su vez, actúa en beneficio de los ciudadanos y ciudadanas. Ahora bien, entre los millones de personas que constituyen una nación, difícilmente todos van a opinar de idéntica manera o van a tener las mismas aspiraciones. Por el contrario, tienen intereses diferentes, opiniones contrapuestas e ideologías diversas. Para tener en cuenta todas esas diferentes opiniones, es preciso conceder a las personas amplia libertad para desarrollar su vida de la forma en que les parezca correcta, sin afectar el derecho de los demás, y velando por el interés general al mismo tiempo. En cualquier caso que intervenga, el Estado debe hacerlo de modo tal que su injerencia sea limitada, previsible, calculable, y acorde a los intereses de la colectividad.