SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2007-R
Fecha: 03-Abr-2007
3.
3. En el indicado acto se dejó constancia de la aplicación de los arts. 101 y 103 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA), relativos a la libertad de opinión y expresión de los niños. La norma que el recurrente alude que se habría vulnerado es el art. 391 del Código de Familia (CF), relativa a proceso de divorcio, no aplicable a su caso.
3. En caso de divorcio, como es el caso objeto del presente recurso, la situación de los hijos debe ser definida por el Juez de Familia que conoce el divorcio, teniendo en cuenta el mejor cuidado e interés moral y material de éstos, de acuerdo al art. 145 del CF, por lo que si bien algunos antecedentes fueron enviados ante el Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia por maltrato de ambos padres, el Juez tenía la obligación de dar cumplimiento a la norma legal indicada, es decir, hacer cumplir la Resolución sobre la tenencia de los menores a favor del padre, mientras no exista Resolución que modifique el fallo indicado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- “
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1.
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- 3.
- 5.
- 4.
- 6.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.13.
- Fragmento 23
- III.1. Marco normativo internacional y nacional sobre la niñez y sus derechos.
- deben lograr en forma progresiva el ejercicio autónomo de todos sus derechos
- emitir un juicio propio, tiene derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afecten, por los medios que elija y a que se tome en cuenta sus opiniones
- Fragmento 27
- conferida por el juez de familia.
- emitir su juicio propio
- como a las decisiones que sobre ellos se toman cuando se encuentran en el proceso de separación de sus padres, y obviamente cuando se tenga que definir su guarda respecto a uno de los progenitores
- antes de que el juzgador tome una decisión
- juicio propio
- III.3. Análisis de la problemática planteada.
- en presencia de los niños,
- violencia psicológica
- Fragmento 36