SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2007-R

Fecha: 03-Abr-2007

conferida por el juez de familia.

De acuerdo a la norma glosada, es competencia exclusiva del Juez de familia definir la situación de los hijos; competencia que se refrenda por lo señalado en el art. 43 del CNNA, que determina que la guarda en desvinculación familiar, está sujeta a lo previsto por el Código de Familia y es conferida por el juez de familia.