Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2007-R
Fecha: 03-Abr-2007
II.5.
II.5. De fs. 27 a 33 cursan notas y recortes de presa, que evidencian la suspensión de funciones del Colegio “Life Academy Christian English School”, dispuesta por el Servicio Departamental de Educación, debido a su funcionamiento irregular. A fs. 34 cursa una certificación de la Brigada de Protección de la Familia, por la cual se constata que el hijo de los recurrentes señaló que fue agredido por una profesora del colegio “Ave María”; colegio en el cual los hijos del recurrente estudiaron en la gestión 2004 en calidad de pupilos, ingresando a horas 08:15 a.m hasta hrs. 18:00 (fs. 36 a 37).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- “
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
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- II.1.
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- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.13.
- Fragmento 23
- III.1. Marco normativo internacional y nacional sobre la niñez y sus derechos.
- deben lograr en forma progresiva el ejercicio autónomo de todos sus derechos
- emitir un juicio propio, tiene derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afecten, por los medios que elija y a que se tome en cuenta sus opiniones
- Fragmento 27
- conferida por el juez de familia.
- emitir su juicio propio
- como a las decisiones que sobre ellos se toman cuando se encuentran en el proceso de separación de sus padres, y obviamente cuando se tenga que definir su guarda respecto a uno de los progenitores
- antes de que el juzgador tome una decisión
- juicio propio
- III.3. Análisis de la problemática planteada.
- en presencia de los niños,
- violencia psicológica
- Fragmento 36