SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2007-R

Fecha: 03-Abr-2007

II.10.

II.10.  De acuerdo al acta de audiencia pública sobre entrega de menor, celebrada el 9 de noviembre de 2005, la abogada de la ex esposa del recurrente, pidió que se ponga en conocimiento del Juez el informe de la Brigada de Protección de la Familia, anotado en el punto II.7 de conclusiones y luego pidió que se conceda la palabra a los niños, quienes “no quieren irse con su padre, pido que se los escuche”.  La abogada del recurrente, en la audiencia, lamentó la forma en la que se estaba llevando la audiencia, señalando que la madre quería influir en los menores. 

Por su parte, el representante de la Defensoría de la Niñez se opuso a recibir la declaración de los menores de manera pública debido a la manipulación del padre y de la madre sugiriendo que se realicen informes biopsicosociales.  El representante de Gestión Social sugirió que los niños sean entregados al padre, al existir indicios de maltrato de la madre. 

Dado que los ánimos empezaron a exaltarse, el Juez Tercero de Partido de Familia, dispuso que se proceda a la entrega de los niños a favor del padre, ante lo cual los niños empezaron a gritar y llorar, por lo que se dejó al recurrente sólo con sus hijos y el representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, quien posteriormente señaló que entre padres e hijos hubo un encuentro muy conflictivo, sugiriendo que el tema sea remitido al Juzgado de la Niñez y Adolescencia para que se haga el tratamiento correspondiente y se realicen las investigaciones sobre el maltrato.

Al finalizar la audiencia, el Juez señaló que cumplió con la Resolución 344/05 de 12 de agosto de 2005, disponiendo la entrega de los menores a su padre, pero dicha entrega no se efectivizó por la negativa de los niños a ir con su progenitor, por lo que tomando en cuenta la sugerencia del representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, se remitió el caso a los Juzgados de la Niñez y Adolescencia por supuesto maltrato psicológico y manipulación que habrían sufrido los menores por ambos padres, “y con su resultado tramitarse lo que fuera de ley” (fs. 40 a 43).