SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2007-R

Fecha: 12-Abr-2007

Fragmento 17

           El último entendimiento jurisprudencial anotado, es de aplicación al caso analizado, pues la Resolución impugnada en el presente recurso ha sido pronunciada por el Juez de Instrucción de Apolo, provincia Franz Tamayo de La Paz; en consecuencia, no es posible exigir a los recurrentes que agoten el recurso de apelación previsto en el art. 251 del CPP, pues éste, en los casos específicos de impugnación de Resoluciones pronunciadas por jueces de provincias, no se constituye en el medio idóneo, eficaz y expedito para proteger, con la premura necesaria, el derecho a la libertad, por lo que corresponde ingresar al análisis de las actuaciones realizadas por el Juez recurrido en la audiencia sobre medidas cautelares, de la Resolución pronunciada por esa autoridad y el rechazo de las solicitudes de cesación de la detención preventiva formuladas por los recurrentes.