Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0285/2007-R
Fecha: 19-Abr-2007
II.1.
II.1. El 31 de octubre de 2006 (fs. 15 a 18 vta.), la Viceministra de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, interpuso denuncia por presuntos actos de corrupción en el municipio de Caquiaviri, en cuyo mérito el 18 de diciembre de 2006 (fs. 23), el Fiscal recurrido emitió la orden de citación para el recurrente a efectos de que se presente el 19 de diciembre del mismo año a horas 15:00 p.m. a prestar su declaración.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- i)
- III.1.
- si el imputado citado
- por lo que no pudo obtener mayores referencias sobre el paradero del recurrente
- pues sólo en base a la certeza de esa citación puede fundarse la desobediencia para justificar la emisión del mandamiento de aprehensión con el único objeto de cumplir la diligencia correspondiente
- III.2.
- Fragmento 23
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 2º