SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0285/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0285/2007-R

Fecha: 19-Abr-2007

III.4.

III.4.   Respecto a la actuación de los Vocales, se tiene que como integrantes del tribunal de alzada, no repararon las irregularidades y omisiones cometidas por el Juez a quo, pues a través del Auto de Vista 15/2007 de 23 de febrero, confirmaron la Resolución de detención preventiva apelada por el recurrente, e incluso fundaron la decisión bajo el argumento de que el Juez respecto a los peligros de fuga y de obstaculización tuvo que ordenar mandamiento de aprehensión contra el recurrente, cuando dicha orden conforme se tiene establecido en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Resolución resultó ilegal. Por otra parte, no tomaron en cuenta que el Juez inferior omitió considerar y valorar la prueba documental presentada por el recurrente en la audiencia cautelar, omisión en la que también incurrieron los Vocales recurridos, pues en el Auto de Vista impugnado ni siquiera se hace mención a dicha prueba.