Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0285/2007-R
Fecha: 19-Abr-2007
II.6.
II.6. Por requerimiento de 24 de enero de 2007 (fs. 32 a 38), el Fiscal recurrido, imputó formalmente al recurrente por los delitos de peculado, malversación, incumplimiento de deberes, contratos lesivos al estado y conducta antieconómica, solicitando la aplicación de la detención preventiva. Imputación en la que se hace una relación de los hechos atribuidos, así como una fundamentación jurídica.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- i)
- III.1.
- si el imputado citado
- por lo que no pudo obtener mayores referencias sobre el paradero del recurrente
- pues sólo en base a la certeza de esa citación puede fundarse la desobediencia para justificar la emisión del mandamiento de aprehensión con el único objeto de cumplir la diligencia correspondiente
- III.2.
- Fragmento 23
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 2º