SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0285/2007-R
Fecha: 19-Abr-2007
II.11.
II.11. Por Resolución 15/2007 de 23 de febrero (fs. 66 a 67); los Vocales co-recurridos declararon improcedentes los fundamentos del recurso de apelación, por ende, confirmaron la Resolución apelada, con los siguientes argumentos: 1) Si bien el recurrente presentó prueba literal no fue presentada ante el Juez Cautelar, ni al momento de interponer el recurso de apelación; 2) La parte apelante no desvirtuó los puntos del Juez de la causa en los que fundamentó la Resolución apelada; 3) La imputación formal lleva la firma y rúbrica del Fiscal recurrido; 4) En cuanto al fondo se evidenciará en el trámite de la investigación; 5) De la imputación se establece que si bien se ha autorizado la suscripción de un contrato de compra de una escavadora, este aspecto tampoco fue desvirtuado porque de los indicios se tiene que se suscribió un contrato de usufructo diferente al contrato de compraventa autorizado; 6) Tampoco se ha desvirtuado lo referente a haber utilizado el Reglamento de Sistema de Contratación de Bienes y Servicios para el desayuno escolar y no se ha demostrado mediante auditorias, la participación o el destino que se dio a los dineros de más de dos millones; 7) La Resolución fundamentó los peligros de fuga y obstaculización dado que el Juez cautelar tuvo que ordenar mandamiento de aprehensión contra el recurrente; y 8) En la causa no solamente se encuentra involucrado el recurrente sino otras personas como el Director Financiero del Gobierno Municipal, quien se encuentra prófugo, aspecto que de obtener la libertad el recurrente y debido a las funciones de Alcalde, podría influir tanto a los funcionarios de la Alcaldía como en los testigos a quienes incluso hubiera amenazado una vez que presentaron su declaración, además de existir peligro pues encontrándose en las funciones de Alcalde podría modificar, destruir y sustraer documentos para su beneficio, aspectos que no fueron desvirtuados.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- i)
- III.1.
- si el imputado citado
- por lo que no pudo obtener mayores referencias sobre el paradero del recurrente
- pues sólo en base a la certeza de esa citación puede fundarse la desobediencia para justificar la emisión del mandamiento de aprehensión con el único objeto de cumplir la diligencia correspondiente
- III.2.
- Fragmento 23
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 2º