SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0018/2007
Fecha: 09-May-2007
existían acefalías por renuncia en la Corte Suprema de Justicia
Entonces, se ha constatado que, en los hechos que dieron lugar a la dictación del Decreto Supremo objetado emitido el 30 de diciembre de 2006, existían acefalías por renuncia en la Corte Suprema de Justicia, cumpliéndose la primera condición para que el Presidente de la República pueda efectuar la designación de funcionarios interinos.
De otro lado, al tener el Congreso Nacional la potestad de designar a los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, conforme lo determina el art. 59.20ª de la CPE, para que el Presidente de la República pueda hacer uso de la competencia asignada por el art. 96.16ª de la CPE, es imperioso que el Congreso Nacional haya estado en receso cuando se emitió el DS 28993.
Así, se tiene que, de conformidad al acta de la 18ª sesión del Congreso Legislatura 2006-2007, del viernes 22 de diciembre de 2006, en el orden del día se consignó en segundo lugar, la “Clausura de la Legislatura 2006” (fs. 93), lo cual fue modificado, quedando el tratamiento de dicha clausura, en el tercer punto (fs. 94). Luego de haber tratado los temas que tenían contemplados en el orden del día, se nombró la Comisión de Congreso (fs. 115 a 117), procediéndose después a clausurar el mismo.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- admitió
- I.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- Fragmento 9
- III.2. La delimitación del juicio de constitucionalidad en este caso
- Sin embargo
- III.3.1. Sobre el Estado Social y Democrático de Derecho
- Estado de Derecho
- separación de los poderes estatales
- la distribución de competencias y potestades entre diversos órganos estatales para el ejercicio del poder
- SC 0009/2004
- SC 0491/2003-R de 15 de abril
- SC 0129/2004,
- sobre la elección de Ministros de la Corte Suprema, Magistrados del Tribunal Constitucional, Consejeros de la Judicatura
- la mayoría absoluta de votos del Congreso
- SC 0218/2004-R de 11 de febrero,
- 1. Renuncia o muerte
- 2. Que el Parlamento se encuentre en receso
- receso parlamentario
- III.4. Examen de constitucionalidad en el presente caso
- El art. 2 de la CPE
- existían acefalías por renuncia en la Corte Suprema de Justicia
- el 30 de diciembre de 2006, fecha de emisión del Decreto Supremo impugnado,
- que, de acuerdo a lo expuesto, no es contrario al contenido del art. 2 de la CPE.
- “Interinidad:
- Las interinidades o sustituciones comprenden toda la 'escala social': desde la Jefatura de Estado, hasta la más modesta de las ocupaciones.
- Interino es provisional; transitorio”
- cuando ese órgano esté en receso,
- la Ley de 2 de octubre de 1911,
- funcionarios interinos,