SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2010-R

Fecha: 10-May-2010

donde la

         Empero, pueden darse situaciones, en que no puede retrotraerse el efecto, es decir, donde la autoridad o persona demandada en la acción tutelar, no puede proseguir con la actuación que tenía con anterioridad al planteamiento de la misma, precisamente a consecuencia de la tutela concedida inicialmente y que fuera revocada.