SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2010-R

Fecha: 10-May-2010

no puede determinar si en el pronunciamiento el fallo revocado existió intencionalidad, culpa o dolo, o finalmente delito

         Es más, el Tribunal Constitucional al emitir la Sentencia Constitucional, no puede determinar si en el pronunciamiento el fallo revocado existió intencionalidad, culpa o dolo, o finalmente delito, porque ello sería una usurpación de funciones a las autoridades competentes, precisamente por eso es que no existe un antecedente de esa naturaleza donde este Tribunal se hubiese pronunciado por la existencia de delito, cuando mucho ha dispuesto se remitan antecedentes al Ministerio Público para la investigación y se determine lo que corresponda en derecho, pero en esa instancia. Si existe o no responsabilidad penal, es una situación que corresponde a los órganos competentes que el legislador y por ende el soberano ha establecido para tal fin, como es la Policía, el Ministerio Público y los jueces ordinarios en materia penal.