SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2010-R

Fecha: 10-May-2010

III.4. En cuanto al deber y responsabilidad de los jueces y tribunales del Estado Plurinacional que intervienen en las acciones tutelares en calidad de tribunales de garantías

         Dado el orden constitucional actual y el anterior, que es ratificado por la Ley del Tribunal Constitucional vigente, tratándose de las acciones tutelares o de defensa de derechos fundamentales, en este caso la acción de libertad -anteriormente recurso de hábeas corpus-, la primera instancia es resuelta por los jueces y tribunales competentes y señalados por ley para tal efecto, resolución que por mandato constitucional y legal es elevada en revisión de oficio ante este Tribunal, para que en definitiva a través del Pleno, apruebe o revoque dicho fallo.