SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1218/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1218/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

c)

c) Se consideró necesario que se notifique a todos los sujetos procesales que intervinieron en el proceso penal por los efectos económicos que afectaban al FOCSSAP en vista a la determinación realizada por el Juez a quo, pues no se trataba de efectos internos entre cliente  y abogado. De no haber obrado de esa manera se habría atentado contra normas de orden público; por cuya causa, se decidió la notificación a la parte civil en el domicilio procesal y no en estrados judiciales; por lo que la Sala Penal Tercera, no cometió ningún acto ilegal que hubiese vulnerado los derechos alegados por el recurrente. Aspectos por los que solicitó se deniegue el amparo.