SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1218/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1218/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, solicita la tutela de sus derechos a la seguridad jurídica, petición y al debido proceso al considerarlos lesionados por la autoridad recurrida, en virtud a que dentro de la regulación de honorarios profesionales que tramitó como abogado defensor de María Eugenia Espinoza de Escobar en el proceso penal que le siguió el Ministerio Público junto a otros por delitos de orden público, se dictó el Auto de Vista 104/2005, disponiendo la nulidad de obrados hasta que se notifique en forma personal al Ministerio Público y la parte civil con la providencia que ordenó el pago de sus honorarios profesionales, no obstante que los apelantes no son parte dentro del trámite de cobro de honorario profesional. En consecuencia, en revisión, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.