Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1218/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
II.3.
II.3. Por nota de 21 de julio de 2005, el Banco Santa Cruz S.A., hizo conocer al Juez de la causa que en cumplimiento de la providencia de referencia emitieron los cheques de gerencia 169008 y 169009, por la suma de Bs3 768 475 31.- y Bs. 16 532 76.-, que corresponden a los fondos cuya remisión se ordenó (fs. 8) por decreto de 25 de julio de 2005, el Juez Segundo de Partido en lo Penal Liquidador, ordenó la remisión de los cheques por ante el Cajero de la Judicatura (fs. 8 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- b)
- c)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- o
- ingresó a analizar el fondo de la problemática planteada y denegó el recurso presentado por el ahora accionante
- de economía procesal
- notificadas en la secretaría del juzgado o tribunal a las partes
- por cédula en los domicilios señalados por las partes para los efectos del proceso
- APROBAR