Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.3.8.
II.3.8. En cumplimiento del Auto de 31 de agosto de 2006, se expidió el testimonio a objeto que el Juez Registrador de DD.RR. proceda a la anotación preventiva del inmueble de propiedad de Franz Edwin Gonzales Omonte, ubicado en la zona de Condebamba, lote B, registrado bajo la partida computarizada 3.01.0.02.0006028 dispuesta como medida cautelar dentro del proceso penal de referencia (fs. 45 a 47 vta.).
- ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Tramite procesal
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.3.1
- II.3.2.
- II.3.3.
- II.3.4.
- II.3.5.
- II.3.6.
- II.3.7.
- II.3.8.
- III.1. Aplicación inmediata de la Constitución Política del Estado vigente a partir de su publicación
- III.2.
- Fragmento 25
- III.3. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.4.1. Con relación al proceso civil
- III.4.2. Respecto al proceso penal
- III.4.3. Respecto a los “dos jueces ciudadanos” también demandados
- III.4.5. Consideraciones finales
- POR TANTO