SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

Fragmento 23

En delitos de acción pública, el Ministerio Público, como director de la investigación y titular de la persecución penal adquiere la calidad de parte considerando que ante el conocimiento de la comisión de un hecho delictivo, efectuará la labor de recolección de los elementos necesarios que le permitan, en un primer momento formular la imputación, para posteriormente, fundar la acusación, u optar por la aplicación de alguna salida alternativa o requerir el sobreseimiento. Dada su calidad de parte acusadora, al igual que el imputado y la víctima o querellante, tiene derecho a ejercer los mecanismos intraprocesales que la norma adjetiva penal previene.