SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

III.1.   Excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad en la presente acción

Como garantía jurisdiccional la acción de amparo constitucional, se rige por los principios de subsidiariedad e inmediatez; o sea, que previo a su planteamiento es preciso el agotamiento de los medios de impugnación ordinarios o administrativos e inmediatamente después de conocido el acto ilegal en el plazo de seis meses. Empero, el principio de subsidiariedad encuentra su excepción, cuando sea previsible un daño inminente e irreparable al derecho fundamental, en ese supuesto la tutela que brinda este medio de defensa se activa prescindiendo del agotamiento de los medios ordinarios de defensa, para el restablecimiento del derecho vulnerado.