SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2252/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2252/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.2.

II.2.  Cursa memorial de apelación restringida interpuesto por el representado del accionante, el 4 de noviembre de 2011, sobre la base de los siguientes puntos: a) El Tribunal de Sentencia no ha realizado una correcta valoración en relación al delito de conducta antieconómica; b) No se ha hecho una correcta aplicación de la ley sustantiva debido a que no se considerraron los arts. 13 y 363 del CP; c) Se ha elaborado una supuesta verdad formal o ficticia, el Tribunal de Sentencia Penal ha elaborado sobre la base de la pura intuición o exclusivas conjeturas; d) El ahora representado nunca recibió las sumas de dinero que se señalan, y no existe auditoría que determine responsabilidad alguna en su contra; e) Deben considerarse las SSCC 1075/2003-R y 1146/2003-R; f) La Sentencia condenatoria es contradictoria ya que por una parte se procede a la absolución de una serie de delitos y al mismo tiempo se declara culpable del delito al ahora representado; g) No se observó el debido proceso; h) La Resolución se basa en hechos inexistentes o no acreditados; i) Existe manifiesta contradicción en la Sentencia condenatoria entre la parte considerativa y la parte dispositiva; y, j) Se negó la producción de prueba dentro del proceso penal (fs. 26 a 31 vta.).