SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2252/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2252/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.6.8.

II.6.8. Instalada la audiencia de acción de libertad el 28 de agosto de 2012, se señaló por Secretaría de Cámara que no pudieron ser citados los Jueces ciudadanos codemandados, pero si se encuentran los representantes del Ministerio de Defensa; previamente a la consideración de la problemática, la parte accionante, pide que se considere la solicitud de declinatoria de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, codemandados, ante lo cual el Tribunal de garantías rechazó la solicitud de declinatoria; manifestando que el  Código Procesal Constitucional (CPCo), en su art. 32, señala el ámbito de competencia territorial en acciones de libertad; que otorga la posibilidad de interponer la acción ante el tribunal del domicilio por cuestiones de cercanía territorial. Por ende, prosiguió con la tramitación del proceso constitucional.