Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2475/2012
Fecha: 28-Nov-2012
I.2.1. Ratificación de la acción
El abogado de la parte accionante ratificó los argumentos del memorial de demanda y con el derecho a la réplica, los amplió señalando que la autoridad demandada presente en audiencia, pretende hacer ver que la retardación de justicia, es atribuible al accionante y sus representados, cuando en los hechos, fue el Tribunal del cual forma parte, el que no resolvió oportunamente los incidentes planteados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III.1. La acción de
- III.2. Excepciones en materia penal
- i)
- Fragmento 27
- III.4. Presentación de excepciones
- III.5. Recurso de reposición en materia penal
- III.6. Análisis del caso concreto
- a) Con relación a la supuesta ilegal exigencia de las autoridades demandadas de exhibición de los vehículos ofrecidos y admitidos como fianza económica
- b) Con relación al rechazo de tramitación de la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de falsedad ideológica, establecida por la Resolución de 23 de mayo de 2012
- c) Con relación al rechazo de tramitación de la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de falsedad ideológica, establecida por el decreto de 30 de mayo de 2012
- d) Respecto a la recusación planteada contra los demandados
- concedido en parte
- POR TANTO