SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2475/2012
Fecha: 28-Nov-2012
II.4.
II.4. Por Resolución de 5 de noviembre de 2010, la Sala Penal Tercera, resolviendo varios incidentes planteados por los mismos procesados, admitió el referente a la extinción de la acción penal por prescripción, solamente por los delitos de estafa y estelionato, sin disponer el archivo de obrados, toda vez que la acción penal deberá continuar hasta que se resuelva el recurso de apelación restringida que interpusieron. Al margen de lo cual, en los considerandos indicaron que la nulidad del proceso y reposición de obrados, dispuesta por Auto de 14 de enero 2009, sólo afecta al trámite incidental de la etapa preparatoria, pero de ninguna manera a la causa principal, que ya cuenta con Sentencia final (fs. 104 a 107). Aclaración reiterada en la Resolución de 20 de enero de 2012, pronunciada por la Sala Penal Tercera, que resuelve un conflicto de competencias suscitado por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal contra el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, documento que en la parte final refiere textualmente “…entonces, la reposición de obrados dispuesta por la Sala Penal Tercera sólo afecta este trámite incidental en la etapa, pero de ninguna manera afecta la causa principal que ya tiene Sentencia…” (sic) (fs. 108 a 110).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III.1. La acción de
- III.2. Excepciones en materia penal
- i)
- Fragmento 27
- III.4. Presentación de excepciones
- III.5. Recurso de reposición en materia penal
- III.6. Análisis del caso concreto
- a) Con relación a la supuesta ilegal exigencia de las autoridades demandadas de exhibición de los vehículos ofrecidos y admitidos como fianza económica
- b) Con relación al rechazo de tramitación de la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de falsedad ideológica, establecida por la Resolución de 23 de mayo de 2012
- c) Con relación al rechazo de tramitación de la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de falsedad ideológica, establecida por el decreto de 30 de mayo de 2012
- d) Respecto a la recusación planteada contra los demandados
- concedido en parte
- POR TANTO