SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2475/2012
Fecha: 28-Nov-2012
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
En el marco de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, se procedió al sorteo de la presente acción el 29 de agosto de 2012; no obstante, a solicitud de la Magistrada Relatora por requerir de documentación complementaria para un mejor análisis y resolución de la acción, la Comisión de Admisión de este Tribunal, mediante Decreto Constitucional de 26 de septiembre de 2012 (fs. 156), pidió al Presidente del Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, la remisión del cuaderno procesal correspondiente al proceso penal seguido por el Ministerio Público y el acusador particular, Mario Salazar Baldelomar contra Víctor Hugo Medrano Cueto, Víctor Hugo Medrano Caballero y Nilda Daysi Cueto de Medrano, disponiéndose la suspensión del plazo. Ante la representación del citado Tribunal sobre la imposibilidad de remisión de la documentación requerida, al existir dos expedientes, uno sobre el proceso de fondo que tiene nueve cuerpos y el otro de medidas cautelares de tres cuerpos, el 19 de octubre siguiente, se volvió a requerir el envío de ciertas piezas procesales específicas, manteniéndose la disposición de suspensión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III.1. La acción de
- III.2. Excepciones en materia penal
- i)
- Fragmento 27
- III.4. Presentación de excepciones
- III.5. Recurso de reposición en materia penal
- III.6. Análisis del caso concreto
- a) Con relación a la supuesta ilegal exigencia de las autoridades demandadas de exhibición de los vehículos ofrecidos y admitidos como fianza económica
- b) Con relación al rechazo de tramitación de la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de falsedad ideológica, establecida por la Resolución de 23 de mayo de 2012
- c) Con relación al rechazo de tramitación de la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de falsedad ideológica, establecida por el decreto de 30 de mayo de 2012
- d) Respecto a la recusación planteada contra los demandados
- concedido en parte
- POR TANTO